Raúl Dubón
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Raúl Dubón
OBSERVACIÓN SOCIAL

La participación como mediación Sujeto histórico, organización y poder popular en una teoría crítica de la transformación del Estado en Centroamérica

La tesis que aquí se defiende es que la participación se comprende mejor como _mediación_ que como mecanismo. En trabajos anteriores he propuesto un marco de análisis del cambio social en Centroamérica organizado en torno a tres movimientos.

30 de agosto de 2026

La participación como mediación

Sujeto histórico, organización y poder popular en una teoría crítica de la transformación del Estado en Centroamérica

Raúl Dubón

2026

Resumen. La literatura sobre participación ciudadana ha oscilado entre la celebración normativa —más participación, mejor democracia— y la crítica de su captura institucional, sin teorizar con precisión el vínculo entre participación y poder. Este artículo propone releer la participación desde la categoría de mediación, entendida en su acepción dialéctica y gramsciana como el proceso que articula términos socialmente separados. Desde un marco de teoría crítica situado en Centroamérica —que integra sujeto histórico complejo, organización, hegemonía y Estado como condensación material de relaciones de fuerza—, se argumenta que la participación no es un mecanismo de inclusión ni una técnica de gobernanza, sino la mediación por la cual la energía social se convierte, o se disipa, en poder político. El análisis distingue tres registros de mediación —subjetivo, organizativo y estatal— y sostiene que su articulación determina si la participación produce poder popular o administra el consentimiento. A la luz de la coyuntura latinoamericana de 2024-2026 —cierre del espacio cívico, desintermediación digital y legitimación plebiscitaria—, se propone que la crisis contemporánea no es una crisis de participación sino de las mediaciones que la vuelven políticamente eficaz. El aporte es una conceptualización de la participación como categoría mediadora, con implicaciones para el estudio de la democratización y del poder popular.

Palabras clave: participación ciudadana; mediación; poder popular; hegemonía; Estado; Centroamérica.

Abstract. The literature on citizen participation has oscillated between normative celebration —more participation, better democracy— and the critique of its institutional capture, without theorizing the link between participation and power. This article rereads participation through the category of mediation, understood in its dialectical and Gramscian sense as the process that articulates socially separated terms. From a critical-theory framework situated in Central America —integrating a complex historical subject, organization, hegemony, and the State as a material condensation of relations of force— it argues that participation is neither a mechanism of inclusion nor a governance technique, but the mediation through which social energy is converted, or dissipated, into political power. The analysis distinguishes three registers of mediation —subjective, organizational, and state— and holds that their articulation determines whether participation produces popular power or administers consent. In light of the Latin American conjuncture of 2024-2026 —civic-space closure, digital disintermediation, and plebiscitary legitimation— it proposes that the contemporary crisis is not one of participation but of the mediations that render it politically effective.

Keywords: citizen participation; mediation; popular power; hegemony; State; Central America.

Introducción

Pocas categorías del vocabulario político contemporáneo gozan de un consenso tan amplio y de una precisión tan escasa como la de participación ciudadana. Organismos multilaterales, gobiernos de distinto signo, agencias de cooperación y movimientos sociales la invocan como remedio para la crisis de la representación, como criterio de calidad democrática y como técnica de gestión pública. Ese consenso, sin embargo, descansa sobre una equivalencia que rara vez se somete a prueba: la que supone que participar es, por sí mismo, una forma de ejercer poder. La experiencia latinoamericana de las últimas cuatro décadas ha erosionado esa equivalencia. La región inventó algunas de las instituciones participativas más ambiciosas del mundo —presupuestos participativos, consejos de gestión, consultas, constituciones deliberadas— y, al mismo tiempo, asistió a la persistencia de las desigualdades que esas instituciones prometían atenuar y, más recientemente, al cierre acelerado de los espacios que habían permitido construirlas.

El problema teórico que este artículo aborda no es cómo ampliar la participación, sino cómo pensar su relación con el poder. La pregunta que lo organiza es la siguiente: ¿bajo qué condiciones la participación ciudadana produce capacidad política acumulable, y bajo cuáles administra el consentimiento dentro de relaciones de poder que permanecen intactas? Sostener que la respuesta depende del diseño institucional es correcto pero insuficiente, porque desplaza la cuestión hacia la ingeniería de los mecanismos y elude el problema sociológico de fondo: qué es lo que un acto de participación media, y entre qué términos.

La tesis que aquí se defiende es que la participación se comprende mejor como mediación que como mecanismo. En trabajos anteriores he propuesto un marco de análisis del cambio social en Centroamérica organizado en torno a tres movimientos —la construcción del sujeto histórico, la acumulación de poder popular y la transformación del Estado— y he sostenido que el problema estratégico de las izquierdas de la región no es de ideas sino de forma organizativa (Dubón, 2026a, 2026b, 2026c). La participación ciudadana no figura como categoría en ese marco. Este artículo argumenta que incorporarla, releída como mediación, no diluye el marco sino que lo fortalece: nombra el terreno intermedio —entre el sujeto y el Estado, entre la demanda y la decisión, entre la movilización y el poder— donde se juega la conversión de la energía social en fuerza política. A la inversa, el marco impone a la teoría convencional de la participación tres exigencias que esta suele eludir: la pregunta material por las condiciones desiguales de la participación, la pregunta epistémica por la validez de los saberes en juego y la pregunta estratégica por la acumulación y la reversibilidad.

El argumento se despliega en siete movimientos. Primero se reconstruye el estado de la cuestión como una tensión no resuelta entre la tradición que amplía la participación y la que la problematiza. En segundo lugar se precisa la categoría de mediación en la tradición dialéctica y crítica. Los tres apartados centrales desarrollan tres registros de la participación como mediación: el subjetivo, el organizativo y el estatal. El sexto apartado interpreta la coyuntura latinoamericana de 2024-2026 como una crisis de las mediaciones. La discusión final sopesa los aportes y los límites de la propuesta.

El problema: participación sin teoría del poder

La reflexión contemporánea sobre la participación nace de una insatisfacción con la teoría elitista de la democracia. Frente a la reducción schumpeteriana de la democracia a un método de selección de élites mediante la competencia por el voto, Pateman (1970) recuperó la tradición de Rousseau, Mill y Cole para sostener que la participación cumple una función formativa: participando, los individuos desarrollan las disposiciones que la ciudadanía democrática requiere, y el lugar decisivo de ese aprendizaje no es solo el Estado sino la esfera del trabajo. Barber (1984) llevó el argumento a su formulación normativa más fuerte al oponer una democracia “fuerte”, deliberante y activa, a la democracia “débil” de los espectadores. La tradición deliberativa desplazó luego el criterio de legitimidad desde la agregación de preferencias hacia la calidad del intercambio de razones (Dryzek, 2000), aunque la crítica feminista mostró pronto que la esfera pública supuestamente inclusiva estaba atravesada por asimetrías que hacían inaudibles a los públicos subalternos (Fraser, 1990).

Contra el optimismo de estas corrientes se erige una segunda tradición, que no pregunta cómo ampliar la participación sino qué hace la participación cuando se institucionaliza. Su texto fundacional es la escalera de Arnstein (1969), cuya tesis conserva vigencia: la participación sin redistribución de poder es un ritual vacío. Los peldaños intermedios de esa escalera —información, consulta, apaciguamiento— describen formas de simbolismo que producen la apariencia de incidencia sin transferir capacidad de decisión. Cooke y Kothari (2001) radicalizaron la sospecha al señalar que la participación puede operar como una “nueva tiranía”: un dispositivo que despolitiza el conflicto, coopta liderazgos y traduce demandas estructurales en problemas de gestión. Desde América Latina, Dagnino (2004) nombró esta ambivalencia como una “confluencia perversa” entre el proyecto democrático-participativo y el proyecto neoliberal, que comparten un mismo léxico —participación, sociedad civil, ciudadanía— con significados opuestos.

Entre ambas tradiciones median los enfoques que analizan el poder inscrito en la participación misma. Bachrach y Baratz (1962) mostraron que el poder tiene una segunda cara —la capacidad de mantener ciertos asuntos fuera de la agenda mediante “no-decisiones”— y Lukes (2005) añadió una tercera —la de conformar las preferencias de modo que el conflicto ni siquiera aflore. Gaventa (2006) integró estas intuiciones en el “cubo del poder”, que analiza la participación según niveles, espacios y formas de poder, y distinguió los espacios “invitados” por las autoridades de los espacios “reclamados” por la sociedad. Cornwall (2004) y Miraftab (2004) precisaron esta distinción al oponer los espacios invitados a los espacios “inventados”, creados por la propia ciudadanía al margen de la convocatoria estatal. La evidencia empírica latinoamericana alimentó este giro reflexivo: el presupuesto participativo de Porto Alegre, celebrado como modelo mundial, mostró tras su institucionalización procesos de cooptación, control gubernamental de la agenda y desconexión respecto de la esfera pública que erosionaron su potencial redistributivo (Avritzer, 2002; Goldfrank, 2006).

El campo queda así escindido entre una tradición que cualifica la participación —más, mejor, mejor diseñada— y otra que la problematiza —¿participación para qué y para quién, dentro de qué relaciones de poder?—. Lo que ninguna de las dos ofrece es una teoría del vínculo entre participación y poder que explique por qué una misma forma institucional produce, en unos casos, acumulación de capacidad política y, en otros, administración del consentimiento. Ese vínculo es lo que la categoría de mediación permite tematizar.

La mediación como categoría analítica

La noción de mediación tiene una historia densa en la teoría social, y conviene precisarla antes de aplicarla. En la tradición dialéctica, mediación se opone a inmediatez: nombra el conjunto de determinaciones y relaciones a través de las cuales dos términos aparentemente independientes resultan, en realidad, constituidos en su relación recíproca. Lo inmediato —aquello que se presenta como dado, natural y sin historia— es siempre, para esta tradición, el resultado no reconocido de un proceso de mediación. Marx hizo de esta operación el núcleo de su crítica: la mercancía, el dinero o el salario aparecen como cosas inmediatas y esconden las relaciones sociales que las producen (Marx, 1867/2010). Trasladada al análisis político, la categoría advierte contra dos ilusiones simétricas: la que trata a las instituciones participativas como cosas —mecanismos que se instalan y funcionan— y la que imagina un vínculo inmediato entre la ciudadanía y el poder, sin mediaciones que lo hagan posible.

Gramsci convirtió la mediación en un concepto propiamente político al situar la sociedad civil como el terreno donde se produce la hegemonía, esto es, la dirección intelectual y moral que ninguna dominación estable puede prescindir (Gramsci, 1971). La sociedad civil no es, en esta lectura, ni el reino de la libertad frente al Estado ni un simple apéndice de la economía, sino el espacio mediador donde las clases construyen —o pierden— la capacidad de universalizar sus intereses particulares. Raymond Williams (1977) recuperó explícitamente el término para la teoría cultural marxista, distinguiendo la mediación de la mera reflexión: mediar no es reflejar pasivamente una base económica, sino un proceso activo y sustantivo mediante el cual las relaciones sociales se realizan en formas concretas. Desde América Latina, Martín-Barbero (1987) desplazó el análisis “de los medios a las mediaciones” para mostrar que el sentido no se produce en los dispositivos sino en los procesos sociales y culturales que los atraviesan; aunque su objeto era la comunicación, el movimiento analítico —de los mecanismos a las mediaciones— es el que este artículo propone para la participación.

Una precisión adicional es necesaria para el argumento. Conviene distinguir la mediación, en sentido dialéctico, de la intermediación, en sentido sociológico. La intermediación designa a los actores e instituciones que se interponen entre la ciudadanía y el poder —partidos, sindicatos, movimientos, prensa, organizaciones territoriales—; la mediación designa el proceso por el cual esos actores hacen posible (o no) la conversión de la energía social en poder político. La intermediación es el soporte material de la mediación; su debilitamiento no elimina la necesidad de mediar, sino que deja el proceso a merced de mediaciones más opacas o de la ilusión de la inmediatez. Esta distinción resultará decisiva para interpretar la coyuntura contemporánea, en la que la crisis de las organizaciones intermediarias no suprime la mediación sino que la desplaza hacia el vínculo plebiscitario.

Definida de este modo, la mediación no es un canal neutral sino una operación constitutiva y ambivalente: puede habilitar la relación entre términos separados o bloquearla, puede producir poder o disiparlo. Preguntar por la participación como mediación es preguntar entre qué términos media, con qué soportes y con qué efectos. El resto del artículo sostiene que la participación media en tres registros —el subjetivo, el organizativo y el estatal— y que su eficacia política depende de la articulación de los tres.

La participación como mediación entre sujeto y poder

El primer registro de la mediación concierne a la constitución del sujeto. La teoría liberal de la participación presupone un sujeto ya constituido —el ciudadano portador de preferencias— que la participación se limita a expresar y agregar. La crítica posfundacional invirtió el supuesto: los sujetos políticos no preexisten a la práctica que los interpela, sino que se constituyen en ella (Laclau y Mouffe, 1985). Desde esta perspectiva, la participación no es solo el canal por el que un sujeto dado se expresa, sino uno de los procesos por los que un sujeto se constituye como político. La función que Pateman (1970) llamó formativa adquiere aquí un sentido más fuerte: participar no solo educa disposiciones cívicas, sino que puede producir la experiencia de una capacidad colectiva de acción donde antes había individuos dispersos.

Ese potencial constituyente, sin embargo, no opera en el vacío. El marco desde el que escribo insiste en que la construcción del sujeto histórico latinoamericano está materialmente condicionada por dimensiones que la teoría de la articulación, por sí sola, no especifica: la estructura de clase, la desposesión territorial, la colonialidad del poder y del saber, y la división sexual del trabajo (Dubón, 2026a; véase Quijano, 2000; Santos, 2014). Quién dispone del tiempo, los recursos, el reconocimiento y los saberes necesarios para participar no se distribuye al azar; se distribuye según relaciones de poder que anteceden al acto participativo y que este puede reproducir o impugnar. La mediación subjetiva es, por ello, desigual en su punto de partida: el campo en el que se participa está inclinado, y una teoría de la participación que ignore esa inclinación confunde la igualdad formal de la convocatoria con la igualdad real de la capacidad.

El problema decisivo de este registro es que el sujeto constituido en la participación es, por definición, precario. La experiencia de la movilización produce identidad colectiva, marcos compartidos y memoria política, pero esa energía se disipa si no encuentra una forma que la sostenga en el tiempo. Aquí la mediación subjetiva remite necesariamente a la organizativa. En trabajos anteriores he denominado a este paso capacidad de conversión: la aptitud de una organización, o de un conjunto articulado de organizaciones, para transformar energía social movilizada en poder político acumulado (Dubón, 2026b). La conversión requiere tres condiciones que la movilización, por sí sola, no garantiza: la articulación entre sujetos distintos sin subordinar a unos ante otros, la acumulación de largo plazo cuyo ritmo no coincide con el de los ciclos de protesta, y la presencia organizada en el territorio antes del momento de crisis.

El ciclo guatemalteco de 2015 ilustra el punto con claridad. Cientos de miles de personas ocuparon las plazas durante meses y forzaron la renuncia del presidente; la energía social fue real y masiva. Pero no existía una organización con presencia territorial capaz de dar forma política a esa energía en el momento de la bifurcación, y el vacío fue ocupado por un outsider que capitalizó el rechazo sin alterar las estructuras que lo habían producido. La plaza se llenó y se vació sin que la participación se convirtiera en poder. Leído desde la categoría de mediación, el desenlace no expresa un déficit de participación —la hubo en abundancia— sino la ausencia de la mediación organizativa que habría permitido convertirla. La distinción conceptual entre movilización y organización es, en rigor, una distinción entre una participación que no media y una que media. Este es el sentido preciso en que la participación puede ser, a la vez, intensa y políticamente estéril.

Mediaciones organizativas: articulación y hegemonía

El segundo registro de la mediación es el organizativo, y en él la participación deja de ser un acontecimiento para volverse una capacidad. Si la movilización activa una energía latente, la organización construye las estructuras que la procesan: mecanismos de deliberación que permiten decidir colectivamente, cuadros capaces de negociar con el Estado, relaciones estables entre dirigencias y bases que no dependan del calor del momento. La organización es, en este sentido, la forma sedimentada de la participación: el modo en que la participación se acumula en lugar de disiparse. Su ausencia no se compensa con más movilización, del mismo modo que un caudal mayor no suple la falta de un cauce.

La operación específica de esta mediación es la articulación. Las demandas de los distintos sujetos subalternos —feministas, indígenas, campesinas, sindicales, juveniles— no convergen espontáneamente en una fuerza común; convergen, cuando lo hacen, mediante la construcción de cadenas de equivalencia que conectan lo heterogéneo sin homogeneizarlo (Laclau y Mouffe, 1985). La articulación es una mediación en sentido estricto: produce la relación entre términos que, sin ella, permanecerían separados o en competencia. Pero, a diferencia de la lectura discursivista, el marco que aquí empleo subraya que la articulación no ocurre en un vacío material. Las condiciones desiguales de clase, territorio, género y colonialidad que condicionan la mediación subjetiva reaparecen en la organizativa: determinan qué actores disponen de recursos para articular y cuáles son articulados en posición subordinada. La articulación es, por ello, tanto una operación política como una disputa por los términos de la equivalencia.

A la articulación se superpone la mediación hegemónica. La participación no disputa únicamente decisiones sobre asuntos ya definidos; disputa qué cuenta como asunto, qué problemas son públicos y qué demandas son audibles. Esta es la dimensión que Gramsci situó en la sociedad civil y que la teoría del poder formalizó como su segunda y tercera cara: el control de la agenda y la conformación de las preferencias (Bachrach y Baratz, 1962; Lukes, 2005). Una participación que se ejerce dentro de un marco de sentido común ya hegemonizado puede ser vigorosa en la forma y nula en el fondo, porque delibera sobre lo que el marco autoriza a deliberar. La mediación hegemónica es, entonces, la condición de posibilidad de que la participación toque lo estructural: sin una disputa por el sentido común, la ampliación de la participación se agota en la administración de lo ya decidido.

De aquí se sigue una consecuencia que tensiona por igual al reformismo institucional y al autonomismo. La dispersión de las resistencias —celebrada por cierta sociología de los movimientos como virtud estratégica frente a la cooptación (Zibechi, 2006)— resuelve el problema de la autonomía a costa del de la escala: multiplica los espacios de participación sin articularlos, y por ello no altera las correlaciones de fuerza a escala nacional. El capital extractivo y las élites políticas no operan con esa lógica: se articulan a escala regional y global. La asimetría entre una participación fragmentada y un adversario articulado no se resuelve por la virtud intrínseca de la fragmentación. La mediación organizativa es, en última instancia, lo que permite que la participación deje de ser una suma de presencias y se vuelva una fuerza. Su debilitamiento —por represión, por cooptación o por desintermediación— no vuelve la participación más directa, sino menos eficaz.

La mediación estatal: condensación, autonomía e irreversibilidad

El tercer registro es el estatal, y en él la categoría de mediación revela toda su productividad, porque el Estado mismo es una mediación materializada. Frente a las concepciones que lo tratan como instrumento neutral o como cosa que se toma, la tradición que sigo lo concibe como la condensación material de una relación de fuerzas entre clases y fracciones de clase (Poulantzas, 1979). El Estado no está fuera de la sociedad, mediando entre partes externas a él; es él mismo la forma sedimentada de una correlación de fuerzas, atravesado por las contradicciones que pretende administrar. De ahí que la relación del sujeto con el Estado no admita la forma simple del “desde fuera” o el “desde dentro”: el sujeto está, a la vez, dentro y contra el Estado, y la participación institucional es uno de los terrenos donde esa posición contradictoria se ejerce.

Esta concepción permite reformular la distinción entre espacios invitados e inventados (Gaventa, 2006; Cornwall, 2004; Miraftab, 2004) como una distinción entre modos de la mediación estatal. Los espacios invitados —consejos, mesas, consultas— son mediaciones convocadas por el Estado, cuya agenda y cuyos límites tienden a estar predefinidos por quien convoca; su riesgo característico es legitimar decisiones ya tomadas. Los espacios inventados —asambleas, consultas comunitarias, formas de autogobierno— son mediaciones producidas por la sociedad, con agenda propia y sin depender de la convocatoria; su límite característico es la dificultad de escalar y de protegerse frente a un Estado hostil. La cuestión no es optar por unos u otros, sino analizar cómo se articulan: una mediación invitada puede ser reclamada desde dentro, y una mediación inventada puede verse obligada a disputar el terreno institucional para no ser neutralizada.

El caso de la consulta previa condensa las tensiones de la mediación estatal. Reconocida por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo como derecho de los pueblos indígenas, la consulta institucionaliza una mediación entre el Estado y las comunidades sobre las decisiones que afectan sus territorios. Pero su eficacia se ve limitada por dos cierres simultáneos: la consulta no equivale al consentimiento —el criterio técnico-estatal conserva la última palabra— y el saber comunitario es admitido para ser escuchado, no para validar (Santos, 2004). La mediación existe, pero opera dentro de una jerarquía epistémica que descalifica de antemano uno de sus términos. Este es el cierre epistémico de la participación: se puede reconocer la voz y, a la vez, negar validez al saber.

La consecuencia estratégica de concebir el Estado como mediación es la centralidad del problema de la irreversibilidad. Una conquista participativa obtenida por la vía institucional es, por sí sola, reversible: la institución puede vaciarse o suprimirse con el cambio de gobierno, como lo mostró la trayectoria del presupuesto participativo de Porto Alegre tras la salida del proyecto político que lo había impulsado (Goldfrank, 2006). Lo que vuelve una conquista relativamente irreversible no es su consagración jurídica sino la existencia de un poder popular autónomo capaz de sostenerla más allá del gobierno que la creó (Dubón, 2026c). La mediación estatal, en suma, no se sostiene sola: requiere el respaldo de la mediación organizativa autónoma. Esta es la razón por la cual la reforma institucional y la construcción de poder popular no son alternativas sino movimientos que se condicionan mutuamente. En las formaciones sociales heterogéneas del istmo —lo que Zavaleta (1986) llamó, para el caso boliviano, sociedades abigarradas, y que es aplicable a Centroamérica—, donde el Estado nunca logró homogeneizar a la sociedad que pretende representar, esa incompletitud de la mediación estatal es a la vez su límite y la condición de posibilidad de mediaciones alternativas.

La crisis de las mediaciones en la coyuntura latinoamericana

Los tres registros permiten reinterpretar la coyuntura latinoamericana reciente. El diagnóstico dominante la describe como una crisis de la participación o de la democracia; la lectura que propongo la caracteriza, con mayor precisión, como una crisis de las mediaciones. Tres procesos convergentes la componen.

El primero es el cierre del espacio cívico, que ataca directamente el soporte material de la mediación organizativa. Entre 2024 y 2025, al menos seis países de la región —Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Paraguay, Perú y Venezuela— aprobaron o reformaron marcos normativos que imponen controles desproporcionados a las organizaciones de la sociedad civil, muchas veces bajo la figura de leyes de “agentes extranjeros” que estigmatizan a esas organizaciones como enemigos internos (Amnistía Internacional, 2025). El caso salvadoreño es ilustrativo: una Ley de Agentes Extranjeros aprobada en 2025 grava con un impuesto del treinta por ciento las transacciones de las organizaciones con financiamiento internacional y habilita la cancelación de su personería jurídica (Human Rights Watch, 2025; WOLA, 2025). En Nicaragua, el mismo tipo de dispositivos ha resultado en la cancelación de miles de organizaciones. La escala global del fenómeno es considerable: según el monitoreo de CIVICUS (2025), solo una fracción reducida de la población mundial vive en países con espacio cívico abierto. Lo que estas medidas clausuran no es solo la protesta, sino la infraestructura organizativa que media entre la energía social y el poder; sin ella, la participación pierde el cauce que la convierte en fuerza.

El segundo proceso es la desintermediación digital. Las plataformas reducen drásticamente el costo de movilizar, como lo muestran los ciclos de protesta amplificados en redes, pero debilitan simultáneamente a las organizaciones intermediarias —partidos, sindicatos, prensa— que constituían el soporte de la mediación (Castells, 2012). El resultado no es una participación más directa, sino una mediación desplazada: en lugar de la mediación organizada, densa y lenta, se impone un vínculo aparentemente inmediato entre el líder y la masa. Ese vínculo es, en rigor, la ilusión de la inmediatez que la categoría de mediación permite desenmascarar: no hay relación política sin mediación, y cuando las mediaciones densas se destruyen, el lugar vacante lo ocupan mediaciones más opacas —el algoritmo, la vigilancia, la personalización plebiscitaria— que son más fáciles de capturar desde el poder.

El tercer proceso es la legitimación plebiscitaria por resultados, que desacopla la adhesión de la participación sustantiva. El caso salvadoreño vuelve a ser paradigmático: un Estado que produce resultados en materia de seguridad y concentra niveles de aprobación cercanos al noventa por ciento mientras suspende garantías bajo un régimen de excepción prolongado y clausura el espacio cívico (WOLA, 2025). Esta configuración exhibe una forma de vínculo político que no es participación sustantiva ni poder popular, sino aclamación: la ciudadanía aprueba o desaprueba, pero no delibera sobre la agenda ni dispone de organización autónoma para incidir más allá de la aprobación. Es la forma que O’Donnell (1994) anticipó como democracia delegativa, llevada a su límite por los medios digitales. El punto teórico es que la legitimidad y la capacidad de transformación no coinciden: un régimen puede acumular la primera mientras clausura las mediaciones que producirían la segunda.

Los tres procesos comparten una lógica: no niegan la participación, la vacían de mediaciones. El cierre del espacio cívico destruye el soporte organizativo; la desintermediación sustituye la mediación densa por la ilusión de inmediatez; la legitimación plebiscitaria convierte la participación en aclamación. De ahí la tesis de este apartado: lo que se presenta como crisis de participación es, más precisamente, una crisis de las mediaciones que la vuelven políticamente eficaz. Diagnosticarla así tiene una consecuencia práctica: la respuesta no puede consistir en convocar más participación sobre el mismo terreno vaciado, sino en reconstruir las mediaciones —organización autónoma, garantías del espacio cívico, densidad deliberativa, reconocimiento de los saberes— que hacen que la participación importe.

Discusión

La relectura de la participación como mediación produce cuatro efectos sobre el estado de la cuestión reconstruido al inicio. El primero es que disuelve la falsa alternativa entre la tradición que amplía la participación y la que la problematiza. Ambas describen, sin nombrarlo, el mismo objeto: la primera estudia las mediaciones que funcionan —el diseño institucional que redistribuye poder (Fung y Wright, 2003)—; la segunda, las que fracasan —la cooptación, el simbolismo, la despolitización (Arnstein, 1969; Cooke y Kothari, 2001; Dagnino, 2004)—. La categoría de mediación ofrece el concepto común que permite pensar el éxito y el fracaso como variaciones de una misma operación, y explica por qué una misma forma institucional produce resultados opuestos según se articulen o no los tres registros.

El segundo efecto es normativo. Si el problema no es la cantidad de participación sino la densidad de sus mediaciones, entonces el criterio de evaluación democrática se desplaza: no se trata de contar cuántos participan ni en cuántas instancias, sino de establecer si la participación media efectivamente entre el sujeto y el poder. Ello suministra criterios operativos —agenda abierta, decisión vinculante, condiciones materiales, reconocimiento de saberes, autonomía organizada e irreversibilidad— que son, cada uno, la contracara de un modo de cierre. Esta reformulación dialoga con la tradición del diseño institucional sin reducir la participación a ingeniería, porque mantiene en el centro la pregunta por el poder que esa tradición tiende a naturalizar.

El tercer efecto concierne al propio marco desde el que escribo. Incorporar la participación como categoría mediadora subsana un silencio de mi planteamiento anterior, que era potente en los polos —el sujeto y el Estado— y comparativamente delgado en el terreno intermedio donde vive la participación realmente existente (Dubón, 2026a, 2026c). A la vez, el marco corrige a la teoría de la participación en un punto que esta suele omitir: la dimensión material y colonial de la desigualdad participativa y la cuestión de la validez de los saberes. La relación es, por ello, de fortalecimiento recíproco y no de subsunción. Debe señalarse, no obstante, una tensión que el marco no resuelve del todo: si el sujeto es constitutivamente contingente, como sostiene el análisis de la articulación, la afirmación de condiciones necesarias para la transformación conserva un estatuto que oscila entre lo ontológico y lo estratégico. La categoría de mediación no cancela esa tensión, pero la vuelve productiva al situarla en el plano de las condiciones de posibilidad, no de las garantías.

El cuarto efecto es la delimitación del alcance del argumento. Este artículo es teórico: propone una reconceptualización y la ilustra con evidencia secundaria, pero no la contrasta empíricamente. La distinción entre mediación e intermediación requiere una elaboración más fina que la aquí ofrecida, y el riesgo de sobreextensión del concepto —que todo, en política, es en algún sentido mediación— debe conjurarse con operacionalizaciones precisas en estudios de caso. Lo que la propuesta puede hacer es reorientar la mirada: de los mecanismos a las mediaciones, de la cantidad de participación a la densidad de su articulación con el poder. Lo que no puede hacer, y no pretende, es sustituir la investigación empírica que establezca, para casos concretos, cuáles mediaciones operan y con qué efectos.

Conclusiones

Este artículo ha propuesto releer la participación ciudadana como mediación antes que como mecanismo. El desplazamiento no es terminológico. Tratar la participación como mecanismo conduce a evaluarla por su presencia o su ausencia, por el número de instancias y de participantes; tratarla como mediación obliga a preguntar entre qué términos opera, con qué soportes y con qué efectos sobre las relaciones de poder. Desde un marco de teoría crítica situado en Centroamérica, se distinguieron tres registros de esa mediación —el subjetivo, el organizativo y el estatal— y se sostuvo que la participación produce poder popular cuando los tres se articulan, y administra el consentimiento cuando alguno se bloquea. La energía social se convierte en fuerza política solo si atraviesa la mediación organizativa que la acumula, la mediación hegemónica que disputa el sentido común y la mediación estatal que la vuelve, con el respaldo de un poder popular autónomo, relativamente irreversible.

El rendimiento analítico de esta reconceptualización es doble. Hacia el interior del debate sobre participación, ofrece el concepto que permite pensar juntas a las dos tradiciones escindidas —la que amplía y la que problematiza— como estudios de mediaciones que funcionan y mediaciones que fracasan. Hacia la coyuntura, permite reformular el diagnóstico dominante: lo que suele nombrarse como crisis de la participación o de la democracia es, con mayor precisión, una crisis de las mediaciones. El cierre del espacio cívico, la desintermediación digital y la legitimación plebiscitaria no clausuran la participación sino que la vacían de las mediaciones que la vuelven eficaz, y sustituyen la mediación densa por la ilusión de un vínculo inmediato entre el líder y la masa, más fácil de capturar.

La agenda que se abre es empírica antes que conceptual. Corresponde investigar, para casos determinados, cuáles mediaciones operan y con qué efectos: cómo una instancia participativa concreta articula —o no— los tres registros; en qué condiciones un espacio invitado es reclamado desde dentro; cómo las organizaciones territoriales sostienen conquistas más allá de los ciclos electorales; y de qué modo la desintermediación digital reconfigura la relación entre movilización y organización. La hipótesis que este artículo deja planteada, y que la investigación deberá poner a prueba, es que la calidad democrática de una sociedad no se mide por la cantidad de su participación sino por la densidad de sus mediaciones.

Referencias

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Raúl Dubón30 de agosto de 2026